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		<title>VECINO DE LA CIUDAD</title>
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			<title>Esta informaci&#243;n no sale en la hoja Informativa ni en SOC.</title>
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			<pubDate>Mon, 16 Jun 2008 18:12:03 +0000</pubDate>
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			<description>Transparency International Espa&#241;a(Fundaci&#243;n Jos&#233; Ortega Gasset). -C/Fortuny,n&#250;mero 58 (28.010.Madrid). .es-E-Mail: transparency.spain@transparencia.org Nombre Apellidos, mayor de edad, provisto del documento nacional de identidad n&#250;mero &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.. con domicilio el sito en Santa Coloma de Gramenet, Calle&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.. n&#250;mero&#8230;&#8230;&#8230; , piso &#8230;&#8230;. (C&#243;digo Postal &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;. de la provincia de Barcelona, con tel&#233;fono de contacto &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.., y direcci&#243;n de correo electr&#243;nico &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;., ante esta instituci&#243;n no gubernamental, comparece y como mejor proceda;Expone:Que hemos tenido conocimiento del estudio del llamado &#237;ndice de transparencia de los ayuntamientos de nuestro pa&#237;s, que est&#225; llevando a cabo su instituci&#243;n. Por este motivo y al tener acceso al listado de municipios donde se realiza esta prospecci&#243;n estad&#237;stica, tambi&#233;n hemos advertido que nuestra ciudad (Santa Coloma de Gramenet de la provincia de Barcelona), se encuentra sujeta a tal proceso de investigaci&#243;n. Por todo ello, y en nuestra calidad en primer lugar, debo indicarle que nuestra corporaci&#243;n municipal plantea una serie de defectos o pr&#225;cticas administrativas las cuales imposibilitan el acceso a determinados derechos de todos sus vecinos, estas actuaciones pueden resumirse en:1.	Reiteraci&#243;n abusiva de la pr&#225;ctica del silencio administrativo, ante cualquier requerimiento por parte de la ciudadan&#237;a.2.	Violaci&#243;n sistem&#225;tica de cualquier proceso de informaci&#243;n p&#250;blica dado que cualquier derecho de informaci&#243;n reconocido por el ordenamiento legal, es simplemente obviado por esta administraci&#243;n p&#250;blica.3.	La p&#225;gina o portal web del ayuntamiento, no cumple con los requisitos planteados en la reciente Ley del Suelo, ni contempla informaci&#243;n actualizada de las actas del pleno ni de la Junta de Gobierno, y respecto a la reglamentaci&#243;n jur&#237;dica queda restringida a determinados aspectos discrecionales, cabe indicar la inexistencia de cualquier apartado de tr&#225;mites &#8220;on line&#8221;.4.	Respecto a la documentaci&#243;n contable y presupuestaria, adolece de absoluta parquedad, puesto que existe en la p&#225;gina &#8220;web&#8221; un balance abreviado de tipo general y simplificado para contemplar una poblaci&#243;n como Santa Coloma de Gramenet.5.	Respecto a la ordenaci&#243;n urban&#237;stica y obras p&#250;blicas del territorio, debemos mencionar, que en la actualidad existen denuncias por irregularidades en todo el proceso urban&#237;stico, por anular bienes arquitect&#243;nicos de inter&#233;s local, instalaci&#243;n de antenas de telefon&#237;a m&#243;vil y concesiones administrativas (existe una investigaci&#243;n abierta por parte de la Fiscal&#237;a de Delitos Urban&#237;sticos del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya), que pudiera afectar a la empresa principal concesionaria de las piscinas p&#250;blicas del municipio.6.	Los medios de informaci&#243;n y comunicaci&#243;n del municipio practican la selecci&#243;n subjetiva respecto de las actividades que se publican en estos medios. Debemos indicar que existe un apartado en estos medios sobre la agenda de actos que se llevaran a cabo por cualquier tipo de entidad durante la semana, pues bien, al efecto de llevar a cabo tal anuncio, se practica un tipo de selecci&#243;n desconocida por parte de las entidades.7.	Al efecto de conceder un espacio p&#250;blico para la realizaci&#243;n de cualquier tipo de espacio p&#250;blico, se practica un criterio de discrecionalidad absoluta, en funci&#243;n de la entidad  que se trate.8.	Este municipio al efecto de conocer el grado de colaboraci&#243;n que mantiene con las entidades, se vanagloria de haber impuesto las mayores sanciones por incivismo a los partidos pol&#237;ticos por realizar actos y publicidad en per&#237;odo de campa&#241;a. En alguno casos, existen sanciones por valor de 11.000 euros, (puede observarse la desproporci&#243;n de esta multa con la impuesta por un homicidio).9.	Al efecto que las entidades vecinales puedan intervenir en el pleno municipal, se llevan a cabo todo tipo de actuaciones de car&#225;cter dilatorio, como anunciar los puntos del d&#237;a, con un espacio de 48 horas, reservar los asientos destinados para el p&#250;blico al personal funcionario y cargos del partido mayoritario para ocupar la sala de pleno con personal municipal, cachear selectivamente algunas personas para acceder a la sala y fijar criterios aleatorios para el libre acceso al pleno.Por todo lo anterior;Suplica:Que al efecto de poder comprobar la veracidad de los extremos antes indicados, le adjuntamos la documentaci&#243;n que la hace fehaciente, y en atenci&#243;n a todo ello, pueda servir de medida e indicaci&#243;n por parte de este organismo no gubernamental para tener una justa raz&#243;n y acceso  real, ecu&#225;nime e independiente a la actuaci&#243;n que nuestra corporaci&#243;n municipal dispensa en general a todos sus vecinos, entidades y profesionales del derecho que nos relacionamos con la misma.En Santa Coloma de Gramenet, a 16 de junio de 2.008.Firmado:Cada uno puede trasladar, sus opinione o quejas a este organismo, si esta de acuedo con este texto lo puedes utilizar y mandarlo E-Mail: transparency.spain@transparencia.org </description>
			<content:encoded><![CDATA[Transparency International Espa&#241;a<br>(Fundaci&#243;n Jos&#233; Ortega Gasset). <br>-C/Fortuny,n&#250;mero 58 (28.010.Madrid). <br>.es-E-Mail: transparency.spain@transparencia.org <br><br><br><br>Nombre Apellidos, mayor de edad, provisto del documento nacional de identidad n&#250;mero &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.. con domicilio el sito en Santa Coloma de Gramenet, Calle&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.. n&#250;mero&#8230;&#8230;&#8230; , piso &#8230;&#8230;. (C&#243;digo Postal &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;. de la provincia de Barcelona, con tel&#233;fono de contacto &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.., y direcci&#243;n de correo electr&#243;nico &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;., ante esta instituci&#243;n no gubernamental, comparece y como mejor proceda;<br><br><br>Expone:<br><br>Que hemos tenido conocimiento del estudio del llamado &#237;ndice de transparencia de los ayuntamientos de nuestro pa&#237;s, que est&#225; llevando a cabo su instituci&#243;n. Por este motivo y al tener acceso al listado de municipios donde se realiza esta prospecci&#243;n estad&#237;stica, tambi&#233;n hemos advertido que nuestra ciudad (Santa Coloma de Gramenet de la provincia de Barcelona), se encuentra sujeta a tal proceso de investigaci&#243;n. Por todo ello, y en nuestra calidad en primer lugar, debo indicarle que nuestra corporaci&#243;n municipal plantea una serie de defectos o pr&#225;cticas administrativas las cuales imposibilitan el acceso a determinados derechos de todos sus vecinos, estas actuaciones pueden resumirse en:<br><br>1.	Reiteraci&#243;n abusiva de la pr&#225;ctica del silencio administrativo, ante cualquier requerimiento por parte de la ciudadan&#237;a.<br>2.	Violaci&#243;n sistem&#225;tica de cualquier proceso de informaci&#243;n p&#250;blica dado que cualquier derecho de informaci&#243;n reconocido por el ordenamiento legal, es simplemente obviado por esta administraci&#243;n p&#250;blica.<br>3.	La p&#225;gina o portal web del ayuntamiento, no cumple con los requisitos planteados en la reciente Ley del Suelo, ni contempla informaci&#243;n actualizada de las actas del pleno ni de la Junta de Gobierno, y respecto a la reglamentaci&#243;n jur&#237;dica queda restringida a determinados aspectos discrecionales, cabe indicar la inexistencia de cualquier apartado de tr&#225;mites &#8220;on line&#8221;.<br>4.	Respecto a la documentaci&#243;n contable y presupuestaria, adolece de absoluta parquedad, puesto que existe en la p&#225;gina &#8220;web&#8221; un balance abreviado de tipo general y simplificado para contemplar una poblaci&#243;n como Santa Coloma de Gramenet.<br>5.	Respecto a la ordenaci&#243;n urban&#237;stica y obras p&#250;blicas del territorio, debemos mencionar, que en la actualidad existen denuncias por irregularidades en todo el proceso urban&#237;stico, por anular bienes arquitect&#243;nicos de inter&#233;s local, instalaci&#243;n de antenas de telefon&#237;a m&#243;vil y concesiones administrativas (existe una investigaci&#243;n abierta por parte de la Fiscal&#237;a de Delitos Urban&#237;sticos del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya), que pudiera afectar a la empresa principal concesionaria de las piscinas p&#250;blicas del municipio.<br>6.	Los medios de informaci&#243;n y comunicaci&#243;n del municipio practican la selecci&#243;n subjetiva respecto de las actividades que se publican en estos medios. Debemos indicar que existe un apartado en estos medios sobre la agenda de actos que se llevaran a cabo por cualquier tipo de entidad durante la semana, pues bien, al efecto de llevar a cabo tal anuncio, se practica un tipo de selecci&#243;n desconocida por parte de las entidades.<br>7.	Al efecto de conceder un espacio p&#250;blico para la realizaci&#243;n de cualquier tipo de espacio p&#250;blico, se practica un criterio de discrecionalidad absoluta, en funci&#243;n de la entidad  que se trate.<br>8.	Este municipio al efecto de conocer el grado de colaboraci&#243;n que mantiene con las entidades, se vanagloria de haber impuesto las mayores sanciones por incivismo a los partidos pol&#237;ticos por realizar actos y publicidad en per&#237;odo de campa&#241;a. En alguno casos, existen sanciones por valor de 11.000 euros, (puede observarse la desproporci&#243;n de esta multa con la impuesta por un homicidio).<br>9.	Al efecto que las entidades vecinales puedan intervenir en el pleno municipal, se llevan a cabo todo tipo de actuaciones de car&#225;cter dilatorio, como anunciar los puntos del d&#237;a, con un espacio de 48 horas, reservar los asientos destinados para el p&#250;blico al personal funcionario y cargos del partido mayoritario para ocupar la sala de pleno con personal municipal, cachear selectivamente algunas personas para acceder a la sala y fijar criterios aleatorios para el libre acceso al pleno.<br><br>Por todo lo anterior;<br><br>Suplica:<br><br>Que al efecto de poder comprobar la veracidad de los extremos antes indicados, le adjuntamos la documentaci&#243;n que la hace fehaciente, y en atenci&#243;n a todo ello, pueda servir de medida e indicaci&#243;n por parte de este organismo no gubernamental para tener una justa raz&#243;n y acceso  real, ecu&#225;nime e independiente a la actuaci&#243;n que nuestra corporaci&#243;n municipal dispensa en general a todos sus vecinos, entidades y profesionales del derecho que nos relacionamos con la misma.<br><br>En Santa Coloma de Gramenet, a 16 de junio de 2.008.<br><br><br>Firmado:<br><br>Cada uno puede trasladar, sus opinione o quejas a este organismo, si esta de acuedo con este texto lo puedes utilizar y mandarlo E-Mail: transparency.spain@transparencia.org <br><br>]]></content:encoded>
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